La respuesta es NO, en este caso la ley es muy clara y establece que para proceder a manipular un material que contiene amianto es necesario estar inscrito en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto, más conocido como RERA.
La uralita es un material presente en muchas construcciones de hogares españoles (y resto del mundo). Al considerarse un material cancerígeno de tipo 1 es sólo cuestión de tiempo de que exista una ley española que obligue a su desmontaje y retirada.
Actualmente, tan solo es obligatorio que se proceda a retirar el material si este ha llegado al final de su vida útil o se ha deteriorado. La vida útil de este material se estima en torno a los 25 años y se hace presente cuando el material comienza a estropearse y comienzan las filtraciones de agua o el material se descompone. Si esto ocurre, el amianto pasa a ser friable y se convierte en aún más nocivo y peligroso ya que las fibras que contiene se esparcen con mayor facilidad.
Cuando el material envejece está prohibido realizar sobre él cualquier tipo de reparación para intentar aumentar su vida útil. Asimismo, la manipulación del material con amianto sin la formación ni el uso de los EPIs adecuados es un gran riesgo para la salud. La retirada de la uralita deberá cumplir unas medidas mínimas para satisfacer el R.D 396/2006, de 31 de marzo, en el cual se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para los trabajadores con riesgo de exposición al amianto.